Bajo el decreto 45-2016, varios artículos del código penal que están relacionados con accidentes de tránsito han sido drásticamente modificados.
Estos cambios harán que las penas impuestas a las personas que causen o estén involucradas en un accidente de tránsito sean más fuertes. Penas de prisión y las multas han sido incrementadas.
El cambio se debe ya que debido a los bajos montos de las multas, los conductores hacían caso omiso a ella ya que estaban entre Q50 a Q2 mil. Con los cambios, las multas pueden estar entre Q5 mil hasta Q25 mil quetzales.
Las tres modificaciones se dieron en los siguientes artículos del código penal de Guatemala:
- Artículo 127: Las personas involucradas en homicidio culposo recibirán una sanción de dos a cinco años de prisión y si hay una muerte, será de tres a ocho años.
- Artículo 150: Los conductores que ocasionen lesiones culposas recibirán de tres meses a dos años de prisión y si el piloto está en estado de ebriedad, se adicionará una multa entre Q5 mil y Q25 mil quetzales.
- Artículo 157: Si la responsabilidad fue del conductor, la multa será entre Q5 mil y Q25 mil quetzales y se le cancelará la licencia de conducir entre tres y cinco años.
Hay que resaltar que si el piloto infractor conducía un vehículo de transporte público las sanciones se incrementarán drásticamente.