Este viernes 16 de abril, el presidente Alejandro Giammattei dio a conocer las nuevas disposiciones contra el COVID-19 a través de una cadena nacional, tras el incremento de casos de coronavirus en el país. Además, decretó un estado de Prevención a nivel nacional durante 15 días, desde el 16 de abril hasta el 30 de abril.
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social dio a conocer los casos confirmados por laboratorio del pasado martes 12 de abril, reportando 2,013 casos nuevos y 37 fallecidos en un solo día. Hasta la fecha indicada, Guatemala acumula 205,322 casos de coronavirus y 7,057 muertes.
#Actualización| #MSPAS informa este 13 de abril de 2021 los casos confirmados por laboratorio en el tablero Situación #COVID19 en Guatemala.
— Ministerio de Salud Pública (@MinSaludGuate) April 13, 2021
⚠️ Corresponde al 12 de abril de 2021 de 00:00 a 23:59 horas
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Nuevas medidas preventivas
- Se limita la celebración de reuniones públicas o privadas al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos.
- Las autoridades están en facultadas para disolver reuniones o manifestaciones públicas que limiten la libre locomoción o que se efectúen sin las medidas sanitarias necesarias.
- Las fuerzas de seguridad podrán exigir a quienes viajen en el territorio, la declaración y documentos de itinerario a seguir.
- El uso de la mascarilla es obligatorio en todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte o tránsito. El incumplimiento ameritará sanciones penales y administrativas. Quienes por alguna contraindicación certificada no la puedan usar en público quedan exentos, en cuyo caso la recomendación es no salir de casa.
- Distanciamiento social de al menos 1.5 metros.
- Lavado frecuente e higiene de manos.
- El consumo de bebidas alcohólicas queda restringido de 18 horas para las 6 horas del día siguiente.
- La venta de bebidas alcohólicas queda restringida de 20 horas para las 6 horas del día siguiente.
- Reducir el aforo al 25% en parques públicos, parques municipales, de recreación (playas, lagos, ríos, centros turísticos, parques acuáticos y parques temáticos a nivel nacional)
- Reducir al 25% el aforo en los mercados municipales, cantonales y satelitales. Uso de la mascarilla y el distanciamiento social es obligatorio. Podrán abrir de 5 a 18 horas y deben definir horarios especiales para personas mayores de 60 años.
- Reducir al 25% por ciento el aforo en los centros comerciales, plazas comerciales y similares, y hasta las 20 horas, con horarios especiales para personas de la tercera edad. Asimismo, continúan las restricciones en las áreas comunes.
- Siguen las restricciones para los funerales y entierros masivos, sin importar la causa del fallecimiento.
- Empresas y centros de trabajo deben cumplir con el aforo y medidas sanitarias establecidas en el acuerdo gubernativo 79-2020 y lo establecido en los artículos 12 y 13 y sus incisos contenidos en el acuerdo ministerial 146-2020 de Salud. Se debe privilegiar el teletrabajo cuando la naturaleza del puesto lo permita.
- Reducir al 25% el aforo en bares y centros de diversión nocturna. Deberán funcionar hasta las 18 horas.
- Establecimientos abiertos al público deberán colocar un rótulo visible en el que se indique el aforo permitido.
- Los municipios deben informar sobre el estado de su localidad de acuerdo con el semáforo de Alerta COVID-19.